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Brentwood UFSD NYS Household Income Eligibility Form

El Distrito Escolar Libre de Brentwood, en Nueva York, participa en la Disposición de Elegibilidad Comunitaria (CEP) para el año escolar 2024-2025. Todos los niños de la escuela recibirán comidas enSin cargo Independientemente de los ingresos del hogar o de la finalización de este formulario. Este formulario se utiliza para determinar la elegibilidad para beneficios adicionales de programas estatales y federales a los que su(s) hijo(s) podrían tener derecho durante el año escolar. Complete únicamenteuna formapara su hogar.

Llame al (631) 434-2316 (Servicio de alimentos de Brentwood) si necesita ayuda.

Si lo prefiere, puede descargar e imprimir el formulario para completarlo y devolverlo a la escuela de su hijo haciendo clic en el botón a continuación.


Haga clic aquí para ver el formulario en español

Parte 1

Enumere a todos los niños de su hogar que asisten a una escuela en Brentwood UFSD:

  1. Ingrese los nombres de los niños, incluidos los niños de crianza, para quienes está solicitando en un formulario.
  2. Enumere su grado y escuela, etc.
  3. Ingrese SÍ o NO para indicar que en su hogar vive un niño de crianza temporal o un niño sin hogar/migrante/fugitivo.
Nombre del estudiante Fecha de nacimiento Escuela Calificación Número de identificación del estudiante Niño de acogida (Sí/No) Sin hogar, migrante, fugitivo (Sí/NO)

Parte 2

Beneficios SNAP/TANF/FDPIR: Si alguien en su hogar recibe beneficios SNAP, TANF o FDPIR, indique su nombre y número de caso a continuación.

  1. Indique el número de caso actual de SNAP (Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria), TANF (Asistencia Temporal para Familias Necesitadas) o FDPIR (Programa de Distribución de Alimentos en Reservas Indígenas) de cualquier persona que viva en su hogar. No utilice el número de 16 dígitos de su tarjeta de beneficios. El número de caso se encuentra en su carta de beneficios.
  2. Un miembro adulto del hogar debe firmar el formulario en la PARTE 4. SALTE LA PARTE 3: No incluya los nombres de los miembros del hogar ni los ingresos si incluye un número de SNAP, TANF o FDPIR.
Nombre Caso #

Parte 3

Ingresos Brutos del Hogar: Indique a todas las personas que viven en su hogar, cuánto y con qué frecuencia reciben sus ingresos. Si ha incluido a un niño de acogida, debe declarar sus ingresos personales.

  1. Escriba los nombres de todos los miembros de su hogar, independientemente de si reciben ingresos. Incluya su nombre, el de los hijos por quienes completa el formulario, el de los demás hijos, su cónyuge, sus abuelos y otras personas, familiares y no familiares, que vivan en su hogar. Use otra hoja si necesita más espacio.
  2. Escriba la cantidad de ingresos actuales que recibe cada miembro del hogar, antes de impuestos o cualquier otra cosa, e indique de dónde provienen, como ingresos laborales antes de deducciones, asistencia social, pensiones y otros ingresos. Si los ingresos actuales fueron mayores o menores de lo habitual, escriba los ingresos habituales de esa persona.Especifique con qué frecuencia recibe este monto de ingresos:semanal, quincenal, 2 veces al mes, mensual. Si no tiene ingresos, por favor ingrese 0 El valor de cualquier cuidado infantil proporcionado u organizado, o cualquier cantidad recibida como pago por dicho cuidado infantil o reembolso por los costos incurridos por dicho cuidado bajo la Subvención en Bloque para el Cuidado y Desarrollo Infantil, TANF y los Programas de Cuidado Infantil en Riesgo no deben considerarse como ingresos para este programa.
Nombre Ganancias del trabajo: Cantidad/Con qué frecuencia Manutención infantil, pensión alimenticia: monto/frecuencia Pensiones, pagos de jubilación: monto/frecuencia Otros ingresos, Seguridad Social: Monto/Con qué frecuencia

Parte 4

Firma: Un miembro adulto del hogar debe firmar este formulario.

DECLARACIÓN DE PRIVACIDAD (FERPA)

La Ley de Derechos Educativos y Privacidad de la Familia (FERPA) otorga a los padres/tutores y estudiantes mayores de 18 años (denominados “estudiantes elegibles” en este aviso) ciertos derechos con respecto a los registros educativos del estudiante. Estos son:

1) El derecho a inspeccionar y revisar el expediente académico del estudiante dentro de los 45 días siguientes a la fecha en que el Distrito Escolar de Brentwood reciba la solicitud de acceso. Los padres/tutores o estudiantes elegibles deberán presentar una solicitud por escrito al director de la escuela.

que identifique los registros que desean inspeccionar. El director coordinará el acceso y notificará a los padres o al estudiante elegible la hora y el lugar donde podrán inspeccionarse los registros.

2) El derecho a solicitar la modificación de los expedientes académicos del estudiante que el padre/tutor o el estudiante elegible considere inexactos o engañosos. Los padres/tutores o estudiantes elegibles pueden solicitar al Distrito Escolar de Brentwood la modificación de un expediente.

que consideren que es inexacta o engañosa. Deben escribir al director de la escuela, identificando claramente la parte del registro que desean cambiar y especificar por qué creen que es inexacta o engañosa. Si el Distrito Escolar de Brentwood decide no enmendar el registro como lo solicitó el padre/tutor o el estudiante elegible, notificará al padre/tutor o estudiante elegible sobre la decisión y les informará sobre su derecho a una audiencia con respecto a la solicitud de enmienda. Se proporcionará información adicional sobre los procedimientos de audiencia al padre/tutor o al estudiante elegible cuando se le notifique sobre el derecho a una audiencia.

3) El derecho a consentir la divulgación de información personal identificable contenida en el expediente académico del estudiante, excepto en la medida en que la FERPA autorice la divulgación sin consentimiento. Una excepción que permite la divulgación sin consentimiento es la divulgación a funcionarios escolares con intereses educativos legítimos. Un funcionario escolar es una persona empleada por el Distrito Escolar de Brentwood como administrador, supervisor, instructor o miembro del personal de apoyo (incluido el personal de salud o médico y el personal de seguridad); una persona que preste servicio en la Junta de Educación; una persona o empresa con la que el Distrito Escolar de Brentwood haya contratado para realizar una tarea específica (como un abogado, auditor, consultor médico o terapeuta), o un padre/tutor o estudiante que preste servicio en un comité oficial, como un comité disciplinario o de quejas, o que asista a otro funcionario escolar en el desempeño de sus funciones.

Un funcionario escolar tiene un interés educativo legítimo si necesita revisar un expediente académico para cumplir con sus responsabilidades profesionales. Previa solicitud, el Distrito Escolar de Brentwood divulga expedientes académicos sin consentimiento a funcionarios de otro distrito escolar en el que un estudiante busca o pretende matricularse. Además, la Ley de Educación Primaria y Secundaria revisada exige que las escuelas preparatorias divulguen la información del directorio estudiantil (nombre, dirección, números de teléfono) a reclutadores militares e instituciones de educación superior, lo que incluye universidades, escuelas vocacionales y escuelas técnicas. Sin embargo, según la FERPA, los padres/tutores tienen derecho a prohibir la divulgación de información del directorio sin el consentimiento previo de sus padres. Si los padres/tutores o estudiantes mayores de 18 años desean ejercer este derecho, deben enviar una solicitud por escrito dentro de un (1) mes a partir del primer día de clases al Superintendente Adjunto de Educación Secundaria, en el Edificio Administrativo Anthony F. Felicio, 52 Third Avenue, Brentwood, NY 11717.

4) El derecho a presentar una queja ante el Departamento de Educación de los Estados Unidos sobre presuntos incumplimientos de los requisitos de la FERPA por parte del Distrito Escolar de Brentwood. Puede encontrar más información sobre las regulaciones de la FERPA en cada edificio escolar del Distrito. La FERPA se administra a través de la Oficina de Cumplimiento de Políticas Familiares del Departamento de Educación de los Estados Unidos, 400 Maryland Avenue, SW, Washington, DC 20202-4605.

Aprobaciones

Es necesario completar una serie de etapas de aprobación antes de que esta presentación pueda ser aceptada.
Impreso
Los aprobadores apropiados del grupo Impreso se asignarán automáticamente para esta etapa de aprobación.